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NATURALIZACIÓN

La naturalización o nacionalización es un proceso mediante el cual un ciudadano perteneciente a un país adquiere la nacionalidad de un segundo con el cual ha creado vínculos que son producto de una estadía prolongada de manera legal en dicho país u otros motivos, como el matrimonio.  Aquellas personas que cumplen con los requisitos para la mayoría de edad, al adoptar una nacionalidad por naturalización, adquieren también la calidad de ciudadanos de ese país.
En México la Naturalización se obtiene porque a solicitud de la persona interesada, el gobierno expide una Carta de Naturalización este documento es un instrumento jurídico por el cual se acredita y es prueba del otorgamiento de la nacionalidad mexicana a los extranjeros.
Existen diversas Cartas por las cuales se puede obtener la Naturalización y son las siguientes:
Carta de N. por residencia
Carta de N. por tener hijos mexicanos por nacimiento
Carta de N. por ser originario de un país latinoamericano o de la Península Ibérica
Carta de N. por haber prestado o realizado obras destacadas en Materia Cultural, Social, Científica, Técnica, Artística, Deportiva o Empresarial.
Carta de N. por haber contraído matrimonio con varón o mujer mexicanos
Carta de N. por estar sujeto a patria potestad o ser hijo adoptivo de mexicanos
Carta de N. por haber estado sujeto a patria potestad o haber sido adoptado por mexicanos
Los requisitos para los extranjeros que pretenden obtener la naturalización son:
1. Presentar solicitud a la Secretaría en la que manifieste su voluntad de adquirir la nacionalidad
mexicana.
2. Formular las renuncias expresas a la nacionalidad que les sea atribuida, a toda sumisión,
obediencia y fidelidad a cualquier Estado extranjero y protesta de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y autoridades mexicanas.
La Secretaría no podrá exigir que se formulen tales renuncias y protestas sino hasta que se haya
tomado la decisión de otorgar la nacionalidad al solicitante.
3. Probar que sabe hablar español, conoce la historia del país y está integrado a la cultura nacional; y
4. Acreditar que ha residido en territorio nacional por el plazo que corresponda a su situación actual, sean 5 años o 2 de residencia.

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