El DERECHO ELECTORAL, es el conjunto de normas jurídicas que regula los procesos a través de los cuales el pueblo, constituido en electorado, procede a la integración de los órganos del Estado, a la periódica sustitución de sus titulares, así como aquellos procesos en que el mismo electorado interviene en la fundación legislativa o en la definición de una cuestión crítica de política nacional, por medio de la iniciativa, el referéndum (procedimiento jurídico por el que se someten al voto popular leyes, o actos administrativos para su ratificación) o el plebiscito (Procedimiento jurídico por el que se somete a votación popular una ley o un asunto de especial importancia para el Estado), según sea el caso.
Es también distinguido como una rama del derecho público que regula el cambio de gobernantes o los plebiscitos por medio de la reglamentación del sistema electoral, sus órganos, la división del territorio en zonas electorales, los procedimientos para la inscripción de electores y candidaturas, su financiamiento y propaganda, la votación, el escrutinio, la observación electoral y todos los asuntos contenciosos derivados de ellos.
FUENTES DEL DERECHO ELECTORAL
El jurista cubano Rafael Santos Jiménez en su Tratado de derecho electoral (1946), menciona que entre las fuentes del derecho electoral «se encuentran disposiciones constitucionales y legales, instrucciones y reglamentos, jurisprudencia gubernativa y contenciosa, usos y costumbres de trascendencia jurídica…».
Sin embargo podemos añadir otras fuentes del DERECHO ELECTORAL las normas de derecho internacional, entre las que se encuentran numerosos tratados internacionales sobre la materia o en relación a esta. Por ejemplo, la Convención Americana de Derechos Humanos asegura los derechos humanos, entre ellos los políticos y electorales.
OBJETIVO DEL DERECHO ELECTORAL
El derecho electoral se desarrolla en el marco de una democracia representativa entendida como la forma de gobierno en la que la ciudadanía participa en el proceso de toma de decisiones políticas mediante la designación e integración de un número de representantes que deciden a nombre de sus electores.
El ejercicio del poder político otorgado a los representantes en la toma de decisiones no es absoluto ni permanente. A diferencia de los regímenes autoritarios, las democracias representativas se caracterizan por la división del poder y la renovación periódica de los cargos mediante elecciones competitivas, libres y auténticas.
CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO ELECTORAL
Instrumento de garantía para la democracia porque asegura certeza en el otorgamiento de la representación popular.
- Posee una función legitimadora, ya que la democracia se afianza gracias al correcto funcionamiento de los procesos electorales (Aragón 2007, 33).
- En el caso de México y de varios países de América Latina, el desarrollo y consolidación del derecho electoral ha sido clave en su transición a la democracia por dos factores:
- La introducción paulatina de reglas claras y el diseño de instituciones que generan seguridad, certidumbre y transparencia en los procesos y resultados electorales.
- La instauración de un sistema de medios de impugnación que garantiza la legalidad y constitucionalidad de todo acto o resolución electoral, así como la protección de los derechos políticos.